13/7/10

“Justicia actúa con blandura ante terrorismo”

Sí existe regulación legal para actos de apología, pero las penas son mínimas, señala.

El ex presidente de la Sala Nacional Antiterrorista, Marcos Ibazeta, señaló a EXPRESO que si bien es cierto que el Tribunal Constitucional (TC) declaró que no podía existir doble regulación para casos de apología al terrorismo, actualmente el Código Penal tiene un marco regulatorio para este tipo de delito, pero la pena que se otorga es mínima, incluso sobre la sentencia ya ínfima podría darse una reducción mayor debido a la “blandura” con que el sistema de justicia actúa.

Actitud de siempre

“El TC señaló que no podía haber doble regulación, dictaminó inconstitucional el tipo penal de apología en el Decreto Legislativo 25475, el cual establecía penas muy altas porque, según manifiestan, ya estaba este delito regulado por el Código Penal, y dejaron que este marco normativo regule este delito con una pena mínima de seis años”, dijo

En este sentido, señaló que esta ley alcanzaba a todos los condenados por apología y al ser juzgados nuevamente podría aplicarse la normativa. Por ello, dijo que el sistema de justicia y el gobierno siempre han actuado con “blandura”, y esta flexibilidad hizo que al ampliarse el tipo penal en el Código, la figura de apología agravada sólo llegue a una pena máxima de 12 años.

Apología es agravio

Ibazeta, expresó que surge una gran indignación porque la apología no es un delito leve, y con el Decreto Ley 25475, si hubiese estado vigente, se podría aplicar a los infractores una pena de 25 años de prisión. Ahora, este delito de propaganda, de exaltación de los crímenes terroristas, puede ser cometido cuando sea, donde sea, y por quien sea, ya que cualquier persona que lo haga recibirá una pena mínima, máxime si con el criterio con el que actualmente se manejan los jueces dicha pena mínima aún podrá ser reducida mucho más, convirtiéndose en una sanción absolutamente menor, ridícula en proporción a la falta.

Máximos y mínimos

De esta forma, Ibazeta resaltó que la regulación actual a la apología senderista en el Código Penal contiene una pena máxima de 12 años y una pena mínima de seis a ocho años, lo que consideró “una sentencia que no asusta a nadie”.

El dato

Finalmente, el abogado señaló que “lo más importante es que nuestro sistema de justicia entienda que exaltar la ideología de Abimael, no es cualquier cosa, significa exaltar el terrorismo, es hacer públicas las ideas destructivas". "Lamentablemente no sabemos cómo este monstruo está actuando”, refirió.

EXPRESO

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